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Lo que habría que verificar antes de validar el borrador del IRPF


Quiero compartir los 16 puntos que deberíamos chequear antes de proceder a confirmar el borrador que tan amablemente nos envía nuestra querida Agencia Estatal de Administración Tributaria:

 

1. Que los salarios, retenciones y gastos deducibles incluidos en los datos fiscales concuerden con los que aparecen en nuestras nóminas y verificar que la suma de las retenciones de las nominas coincide con el certificado de retenciones de la empresa.

2. Si existen adelantos de salarios del FOGASA, o pagos de salarios atrasados.

3. La información de los inmuebles y las referencias catastrales.

4. Las cuotas sindicales, de colegios profesionales obligatorios, y partidos políticos, así como determinadas donaciones que no suelen estar incluidas en el borrador.

5. Si durante el año 2011, hemos tenido un hijo se debe verificar que la deducción por maternidad aparece incluida correctamente en el borrador en la casilla (756).

6.  Verificar las circunstancias personales y familiares, especialmente en los casos en que hayan cambiado en el ejercicio: matrimonio, separación, cónyuge sin ingresos, nacimiento de hijos, ascendiente a cargo…

7. Los padres que satisfagan pensiones por alimentos a favor de sus hijos y/o pensiones compensatorias en virtud de decisión judicial.

8. Si tenemos aportaciones a Planes de Pensiones, o a Mutualidades Profesionales. Y si hay aportaciones en favor del cónyuge y familiares minusválidos.

9. Las viviendas habituales incluso las adquiridas durante 2011, tienen derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual. Verificar que los importes son correctos, incluir los seguros de amortización de préstamos y del hogar, y en el caso de empleados de entidades financieras el pago en especie de los prestamos.

10. Divorciados deducción por vivienda: cuando hay un matrimonio separado, el cónyuge que abandona la vivienda puede deducirse la parte proporcional de la hipoteca que sufraga, aunque hacienda no siempre lo refleja al tener constancia de vivir en otro domicilio.

11. Si se adquirió la vivienda antes del 20 de enero de 2006, verificar que han añadido la compensación por adquisición de vivienda en la casilla 738, pueden ser hasta 225 €, o 450 € en declaración conjunta.

12.  Si se tiene derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual (para contribuyentes con bases imponibles inferiores a 24.107,20 €).

13. Las obras de mejora en viviendas de nuestra propiedad, nos dan derecho a deducción, debemos anotarlo en las casillas (773) y/o (733).(base imponible inferior a 71.007,20 €).

14. Si tenemos derecho a la deducción por cuenta vivienda.

15. Si tenemos derecho a alguna de las deducciones autonómicas y verificar si aparecen en el borrador.

16. Si hay que incluir subvenciones: por adquisición, rehabilitación o reparacion de vivienda (310), por renta básica de emancipación (314) u otras subvenciones.